La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se ha quedado “corta” y no ha profundizado en temas como la violencia sexual, que ha alcanzado cifras graves y donde la procuración de justicia sigue siendo un tema de doble victimación para la mujer, opinó Mayela García Ramírez, coordinadora de la Red de Investigadoras por la Vida y la Libertad de las Mujeres.
Temas como el rapto, el estupro y lenocinio aún se deben de profundizar en las penas y sensibilizar y capacitar a los ministerios públicos, que en algunos casos sólo sirve para obstaculizar las denuncias y la aplicación de la justicia.
La investigadora comentó que en la actual ley la privación de la libertad de una mujer está tipificada como rapto, cuando debería ser tipificada como secuestro, y dijo: “el rapto debe derogarse, es una pena muy débil, para un delito grave como sustraer de su libertad sexual a una mujer”.
También mencionó que el delito de estupro aumentó la edad de 15 a 18 años, pero se quitó la reparación del daño con cárcel, “ahora la reparación del daño es con servicio comunitario o sanción administrativa, hay que estar conscientes que el daño que se hizo no tiene reparación; es inconcebible que las sancionen sean tan raquíticas”, dijo.
La violencia sexual, señaló, es vista hasta con cierta tolerancia social, sin sanciones graves, por lo que este delito no es denunciado.Xalapa, AVC Noticias
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